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Pérez Rojas AbogadosPérez RojasAbogadosDerecho Penal

Delito contra el honor

Abogado de delitos de injurias y calumnias

Arts. 205-216 CP

La calumnia consiste en imputar a otra persona un delito a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad; la injuria es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otro, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Ambas requieren, salvo excepciones, querella de la persona ofendida: no se persiguen de oficio.

El punto de fricción habitual es el límite con la libertad de expresión y de información, especialmente en redes sociales y medios de comunicación, donde el Tribunal Constitucional exige ponderar caso por caso el interés público de lo manifestado.

Para quien ha sido acusado públicamente de algo que no hizo, restaurar su reputación es tan importante como la sentencia misma; para quien se defiende, la libertad de expresión no siempre es un escudo suficiente si no se argumenta bien.

Actuaciones

  • Redacción y sostenimiento de querellas por injurias y calumnias
  • Defensa frente a querellas, incluida la invocación de la libertad de expresión
  • Valoración de la difusión pública como agravante
  • Negociación de rectificación o disculpa como salida al conflicto

Cuándo conviene llamar

  • Le han imputado públicamente un delito que no ha cometido
  • Han vertido expresiones que considera lesivas para su honor o el de su empresa
  • Le han presentado una querella por manifestaciones que considera amparadas por la libertad de expresión

Preguntas frecuentes

¿Hace falta querella para denunciar una injuria?

Sí, salvo cuando la ofensa se dirige contra un funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Fuera de ese supuesto, sin querella del ofendido el procedimiento no puede iniciarse ni continuar.

¿Cualquier crítica dura es delito?

No. La libertad de expresión ampara juicios de valor, incluso ácidos, sobre asuntos de interés público; el delito exige ir más allá, con imputaciones de hecho falsas (calumnia) o expresiones que atacan la dignidad sin aportar nada al debate (injuria). La ponderación entre ambos derechos es la cuestión central en juicio.

¿Influye que la ofensa se publique en redes sociales?

Sí, la difusión pública —incluida la que se produce a través de internet— se considera agravante específica, tanto por el alcance de la difusión como por su permanencia en el tiempo.

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