Delitos contra la seguridad vial
Abogado de delitos contra la seguridad vial
Arts. 379-385 CP
Los delitos contra la seguridad vial son, en volumen, de los más frecuentes en los juzgados de guardia: conducción bajo la influencia de alcohol o drogas, conducción manifiestamente temeraria y conducción sin haber obtenido nunca el permiso o con la pérdida de vigencia por pérdida total de puntos.
En la mayoría de los casos el asunto se decide con prueba técnica —tasas de alcoholemia, análisis toxicológicos, informes de tráfico— cuya validez formal (calibración del etilómetro, cadena de custodia de la muestra) es a menudo tan importante como el resultado numérico en sí.
Perder el permiso de conducir, aunque sea temporalmente, tiene un impacto inmediato en el trabajo y la vida diaria de cualquier persona: por eso la rapidez de la defensa importa desde el primer momento.
Actuaciones
- Asistencia en el juzgado de guardia tras una detención por seguridad vial
- Impugnación técnica de la prueba de alcoholemia o del análisis toxicológico
- Defensa en juicios rápidos y negociación de conformidad
- Recurso contra la pérdida del permiso y solicitud de su recuperación
Cuándo conviene llamar
- Ha dado positivo en un control de alcoholemia o drogas y le citan a juicio rápido
- Le imputan conducción temeraria y considera que la maniobra no lo fue
- Ha sido sorprendido conduciendo sin permiso o tras perder todos los puntos
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué tasa de alcoholemia hay delito?
El Código Penal fija el umbral en 0,60 mg/l en aire espirado (o su equivalente en sangre); por debajo puede haber sanción administrativa, no delito. La medición y su fiabilidad técnica —calibración del aparato, doble medición— son el primer punto que conviene revisar.
¿Puedo negarme a soplar?
La negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia es en sí misma un delito autónomo (art. 383 CP), con pena que puede ser incluso superior a la de dar positivo, así que no es una forma de evitar el procedimiento.
¿Qué pasa con el carné mientras dura el proceso?
Es habitual que se acuerde como medida cautelar la retirada del permiso de conducir durante la instrucción; su procedencia y duración pueden discutirse desde el primer momento.
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